¿Cuál es la remuneración mensual que debe considerarse para el cálculo de la indemnización por años de servicio cuando en el último mes el trabajador estuvo acogido a licencia médica algunos días?
De acuerdo a lo previsto en el artículo 172 del Código del Trabajo, para los efectos de determinar el monto de la indemnización por años de servicio y de la sustitutiva del aviso previo, la última remuneración mensual comprenderá toda cantidad que estuviere percibiendo el trabajador por la prestación de sus servicios al momento de terminar el contrato, incluidas las cotizaciones de la previsión y las regalías o especies avaluadas en dinero, con exclusión de la asignación familiar, las horas extraordinarias, y los beneficios o asignaciones que se otorguen en forma esporádica o por una sola vez en el año.
La norma legal establece que si el trabajador tiene remuneración variable debe calcularse el promedio de lo percibido por el dependiente en los últimos tres meses calendarios. Ahora bien,
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